Malvinas Argentinas: Caso de mala praxis confirmado por la corte suprema de justicia



La Corte Suprema de Justicia de Buenos Aires confirmó un fallo contra el sistema de salud de Malvinas Argentinas. La sentencia determinó desvincular, por un lado, a una de las médicas acusadas pero mantuvo intacta la responsabilidad civil de otra doctora y también a la Municipalidad de Malvinas Argentinas.
El hecho ocurrió en enero de 2001 cuando una madre dio a luz normalmente a su hijo en el hospital Mohibe Aquil de Menem conocido también como Materno Infantil. Ella quedó internada junto a su niño luego pero al día siguiente él comenzó a ponerse “amarillito”. “Me preocupó e hice llamar a la pediatra, y ésta me dijo que no me preocupara porque era normal”, manifestó la mujer que no quiso dar su nombre por cuestiones de seguridad.   
Y continuó: “Al día siguiente  le realizaron un análisis de sangre a mi hijo, cuyo resultado arrojó que de bilirrubina tenía 17,5 (siendo el Valor máximo permitido el 18), igual le dan el alta médica”. La madre comentó que nuevamente llevó a su niño para una rutina, y le extrajeron sangre indicándole que estaba normal pero él seguía amarillo. Pero esta situación empeoró porque el bebé “no quería comer, tampoco lloraba, tenía un poco de fiebre y  se había puesto algo rígido”.
La mujer contó que finalmente los médicos decidieron internarlo y llevarlo al sector de neonatología y ponerlo al lado de una lámpara. “Mi hijo ya tenía la piel, no amarilla, sino anaranjada y los análisis indicaban que tenía 28,6 de bilirrubina”, agregó. Y afirmó: “Los doctores de otros hospitales nos comentaron que si la hiperbilirrubina no era tratada en su debido tiempo podía subírsele a la cabeza provocando daños cerebrales y las consecuencias serían irreversibles, lo que finalmente le pasó. Creció pero con muerte cerebral hasta el 2.006 donde el niño fallece”.
Por lo tanto, la Corte Suprema de Justicia de Buenos Aires anunció que “se advierte el error que exhibe la historia clínica neonatal del menor en cuanto consigna mal el factor sanguíneo materno como RH (+), cuanto resulta ser RH (-), tal como se desprende de la historia clínica perinatal secuestrada en el proceso penal”. “La externación comportó una conducta asistencialmente imprudente que impidió la carencia del control inmediata, situación que garantizaba su permanencia hospitalaria (…) tal defecto en la conducta en los profesionales exhibe con crudeza la negligente e impericia”, comunicó.
Por tal hecho, la Corte Suprema de Justicia determinó y admitió la demanda interpuesta contra la Municipalidad de Malvinas Argentinas y la médica, María Astraldi. Mientras que la doctora, Viviana D’Agostino quedó inaplicable la ley.

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